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Difuso
Foto: micora

Si bien el concepto de elusión fiscal puede parecer claro, en la práctica es bastante difuso. Básicamente se trata de aprovechar el vacío legal de la legislación tributaria para pagar menos impuestos, es decir interpretar las normas a favor del contribuyente para que éste pague menos.

No es ilegal, aunque la Administración casi lo eleva a la categoría de fraude y lucha contra él porque supone una merma de sus ingresos. En todo caso es un ejercicio de planificación por parte del contribuyente para rebajar su factura fiscal.

Supongamos que hay una norma poco clara, ambigua o que en función de cómo se interprete puede tener un efecto o el contrarios obre un impuesto. Hacienda tiene un criterio basado en sus procedimientos pero las leyes no determinan que ése sea el adecuado ¿Puede el contribuyente aplicar un criterio diferente que le favorece para pagar menos? Si es así y lo lleva a la práctica la Administración lo considera elusión fiscal.


pregunta

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La operativa de las grandes multinacionales

Un ejemplo muy claro es cómo operan las grandes multinacionales. Muchas tienen su sede en un país de tributación reducida y operan en otros países mediante «oficinas comerciales». De esta forma pueden aplicar todos sus ingresos según el país en el que tienen su sede y sólo tributan en el resto de países por sus filiales pero con unos ingresos mucho más reducidos (ellos lo atribuyen a las comisiones por las ventas en ese país).

De esta forma la inmensa mayoría de sus beneficios se «escapan» de los impuestos de los países donde éstos son más altos y pagan mucho menos porque donde declaran la mayoría de esos beneficios tienen una tributación menor. ¿Es eso legal? ¿es elusión fiscal? Por supuesto habría que ver cada caso en particular pero las normas tributarias son claras y el quid está en la interpretación que cada uno hace de esa situación y del tratamiento que ésta debe tener.


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Realmente ¿existe la elusión fiscal?

En cualquiera de los casos se debe determinar si hay una norma, si ésta establece lo que es legal y si el contribuyente está cumpliendo esos preceptos.

Si cabe la posibilidad de que un contribuyente pague menos a Hacienda al hacer aportaciones a su plan de pensiones, dar donativos a ONGs o hacer una amortización anticipada de una parte de su hipoteca asumimos con naturalidad que se aprovechen estas circunstancias para pagar menos.

De la misma manera si alguien quiere tributar por menos beneficios cobrando cantidades que luego no se declaran o metiendo gastos que no están permitidos estará cometiendo fraude y tendrá la sanción correspondiente.

Lo que esté en el medio, en esa línea difusa entre una y otra situación, es responsabilidad del legislador y no tanto porque su obligación sea perseguirlo, sino porque se parte de una legislación inexacta o poco clara. Por tanto más que perseguir la elusión fiscal (si es que ésta existe) lo que deberá hacer el legislar mejor y perfeccionar las leyes de la manera que haya un linea más clara entre lo que está bien y lo que no.


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