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En el momento en que se vaya a iniciar una actividad económica,como trabajador autónomo o a través de una sociedad, cooperativa, etc. se puede solicitar la capitalización de la prestación por desempleo a través de un pago único, descontando de la prestación la cuota de la Seguridad Social cada mes o bien mediante un sistema que combine a las dos posibilidades anteriores.


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Requisitos

Los requisitos para poder optar a la capitalización son:
● Ser beneficiario de una prestación contributiva por desempleo y tener pendiente de recibir a fecha de solicitud, al menos, tres mensualidades. Quienes sean titulares del derecho a la prestación por cese de actividad es necesario que tengan pendiente de percibir un período de, al menos, seis meses.
● No haber hecho uso de este derecho, en cualquiera de sus modalidades, en los cuatro años inmediatamente anteriores.
● Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución de concesión del pago único y, en todo caso, con fecha posterior a la solicitud. Esto no impide que entre la fecha de solicitud y la de resolución del pago único se pueda iniciar la actividad y se produzca el alta en la Seguridad Social.
● En caso de haber impugnado ante la jurisdicción social el cese de la relación laboral origen de la prestación por desempleo cuya capitalización se pretende, la solicitud de pago único deberá ser posterior a la resolución del procedimiento correspondiente.
● Quienes en los 24 meses anteriores a la solicitud del pago único hayan
compatibilizado el trabajo por cuenta propia con la prestación por desempleo de nivel contributivo, no tendrán derecho a obtener el pago único para constituirse como trabajadores por cuenta propia o trabajadores autónomos socios de una sociedad mercantil.
● En el supuesto de que la cooperativa prevea en sus Estatutos la posibilidad de que los socios hayan de superar un periodo de prueba, haber superado dicho periodo. Aunque el derecho se podrá reconocer, el socio únicamente percibirá la prestación en su modalidad de pago único una vez presente ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) el acuerdo del Consejo Rector de haber superado dicho periodo de prueba.

La solicitud deberá ser de fecha anterior a la de incorporación a la cooperativa o sociedad laboral o a la del inicio de la actividad como trabajador autónomo o como socio de la entidad mercantil, considerando que tal inicio coincide con la fecha que como tal figura en la solicitud de alta del trabajador en la Seguridad Social.


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Documentación necesaria

La documentación a aportar en todos los casos es:
● Impreso de solicitud de pago único, en modelo oficial.
● Españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte.
● Extranjeros comunitarios: Certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea en el que consta el NIE, junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen.
● Extranjeros no comunitarios: Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE) en la que consta el NIE, y el pasaporte.
● La solicitud deberá acompañarse de la memoria explicativa sobre el proyecto de la actividad a desarrollar y de la inversión a realizar, salvo que se solicite exclusivamente la modalidad de subvención de cuotas a la Seguridad Social.
● Cualquier documentación que acredite la viabilidad del proyecto.

Cuantía a percibir

Se puede solicitar y obtener la cantidad que se justifique como inversión para el desarrollo de una actividad por cuenta propia, incluyendo cargas tributarias y los gastos de puesta en funcionamiento, con el límite del 100% de la prestación pendiente de percibir.

Si no se va a obtener toda la prestación en un solo pago, se puede solicitar simultáneamente el abono mensual del importe restante para subvencionar tu cotización a la Seguridad Social durante el desarrollo de la actividad.

Se abonará como pago único la cuantía de la prestación, calculada en días completos, de la que se deducirá el importe relativo al interés legal del dinero, También podrás destinar hastael 15 % de la cuantía de la prestación capitalizada al pago de servicios específicos de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad a emprender.

Cualquier duda o aclaración sobre este tema se podrá resolver si os ponéis en contacto con nosotros.

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